domingo 6 de julio de 2025 - Edición Nº2405

Legislatura | 10 sept. 2020

Tras idas y vueltas

La Cámara Alta dio luz verde a la Ley de Víctimas

La iniciativa otorga mayor participación y resguardo a las damnificadas por delitos de inseguridad, y se aprobó tras la unificación de las propuestas presentadas por el oficialismo y la oposición. No faltaron los cruces


El Senado de la provincia de Buenos Aires dio media sanción al proyecto de Ley de Víctimas que “garantizará y asegurará a las personas humanas y/o jurídicas que individual o colectivamente fueran víctimas de presuntos hechos ilícitos que originen un proceso penal, el asesoramiento, asistencia jurídica, representación en el proceso y protección personal en todas las etapas procesales del mismo”.

El acuerdo entre el Frente de Todos y Juntos por el Cambio consistió en unificar las propuestas de los senadores José Luis Pallares con la de Franco Bagnato, Gabino Tapia y Juan Fiorini; Lorena Petrovich; Lucas Fiorini y Juan Pablo Allan.

Al momento de su alocución, el senador por el Frente de Todos, José Luis Pallares, expresó la conformidad de llegar al recinto con un proyecto unificado de ley de víctimas, y sostuvo que “la ley representa un cambio de paradigma en la legislación procesal penal de la provincia de Buenos Aires. La concepción clásica sostenía que el proceso penal se compone de dos partes, el Estado representado por el Ministerio Público Fiscal y el imputado por su defensor. El lugar que ocupaba la víctima era marginal. Se suponía que sus intereses estaban representados por el fiscal y en muchas ocasiones no sucedía así”.

“Muchas veces hubo y hay conflicto de intereses entre la postura asumida por el fiscal y las necesidades e intereses de las víctimas, resultaban frecuentes las quejas de las víctimas y sus asociaciones por no ser consideradas frente a decisiones fundamentales del proceso como la celebración de un juicio abreviado, cambios en la calificación de la acusación o la concesión de un beneficio escarcelatorio”, añadió.

Asimismo, el legislador consideró que “también existía la idea de que el derecho de defensa en juicio pertenecía solo al imputado pese a que la Corte ha declarado muchas veces que la Constitución protege los derechos de las partes en el proceso. Por eso se excluía de toda participación a la víctima y el particular damnificado de la etapa de ejecución pena. Se pensaba que la finalidad de esa etapa era el tratamiento penitenciario solo con fines de rehabilitación, se consideraba a la víctima como alguien ajeno al punto de no poder opinado ni ser notificado de una medida de liberación”.

“El Código Procesal prohibía la particular damnificado intervenir en la etapa de ejecución el proyecto que aprobamos modifica todas estas cuestiones convirtiendo a la víctima y al particular damnificado en partes activas del proceso penal con plenitud de derechos y facultades”, agregó a continuación.

A modo de síntesis de la ley, Pallares señaló que “la ley que hoy aprobamos da plena operatividad en la provincia de Buenos Aireas a los derechos y garantías de la ley nacional de víctimas, adecuando las normas procesales y ejecución penal para una efectiva vigencia de estos derechos en los proceso que se llevan a cabo en la justicia provincial”.

“Deja claro que el fiscal no es el dueño del proceso y que la víctima y el particular damnificado tienen que ser escuchados en todas las etapas del proceso penal, algo que no sucede. Se los debe escuchar en la investigación penal preparatoria para proponer medidas de prueba, en forma previa a la celebración de un juicio abreviado o a la suspensión de juicio a prueba, en distintos incidentes y resoluciones por supuesto que forman parte de resoluciones fundamentales para el proceso o para el derecho de las víctimas, pueden formular peticiones y en algunos casos oponerse a ciertas medidas perjudiciales a sus intereses y el juez debe tener en cuenta sus opiniones, lo cual no está pasando”, agregó.

En la misma línea, el legislador explicó que “la víctima y el particular damnificado deben ser notificados y pueden manifestarse ante el juez en forma previa al dictado de cualquier medida escarcelatoria a favor del imputado”.

Además enumeró que “en todos los casos debe privilegiarse y protegerse la seguridad de la víctima y de los testigos. Se habilita la intervención de la víctima y el particular damnificado en la etapa de ejecución penal a los fines de oponerse si la victima lo considera oportuno. También puede oponerse a cualquier medida liberatoria, salidas transitorias, prisiones domiciliarias, libertad asistida o condicional, el juez de instrucción deberá considerar sus argumentos como pedir la revocación de un beneficio o libertad condicional cuando el condenada no cumple con las condiciones establecidas”.

Para finalizar, el senador agradeció porque “luego de tantas idas y venidas los senadores y senadoras de Juntos por el Cambio  han sabido entender e interpretar que estos cuatro o cinco proyectos de mi autoría acompañados por el bloque de Frente de Todos y en última instancia muy enriquecidos por el presidente de la Comisión de Legislación General Paco Durañona. Por esos agradezco el entendimiento y hoy poder sostener este proyecto unificado votado por unanimidad que no hace otra cosa que tener justicia en uno de los sectores más castigados por la justicia que son las víctimas y sus familiares”.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias