jueves 24 de septiembre de 2026 - Edición Nº2850

Legislatura | 24 sept

Diputados

Avanza un proyecto de Ley de “Alquiler Social” para aliviar el ingreso a la vivienda en la provincia


El Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la provincia de Buenos Aires impulsó una iniciativa parlamentaria orientada a reducir sensiblemente los costos que deben afrontar las familias bonaerenses de menores ingresos al momento de celebrar un contrato de locación.

La propuesta fue formalmente presentada durante un encuentro de las autoridades del Consejo Directivo de la entidad profesional con el diputado provincial Rubén Eslaiman, integrante del bloque Fuerza Patria, a quien se le entregó el texto para su correspondiente estudio y debate en la Legislatura bonaerense.

El trasfondo del proyecto apunta a resolver los marcados obstáculos económicos que genera la firma de un contrato de alquiler tradicional. Según explicó el presidente de Martilleros BA, Luis Colao, la finalidad del “Régimen de Alquiler Social” consiste en aliviar las erogaciones iniciales a un segmento específico de la población. La norma abarca a aquellos inmuebles cuyos valores locativos mensuales iniciales no superen el monto correspondiente al sueldo básico de la Categoría 20 para 48 horas semanales de trabajo en la Administración Pública Provincial, según la Ley 10.430.

Para quienes encuadren dentro de este régimen, la norma establece un esquema integral de facilidades económicas y administrativas. En primer lugar, determina que los honorarios por intermediación inmobiliaria y confección de contratos queden exclusivamente a cargo de los locadores, conforme a las escalas arancelarias de las respectivas profesiones. Asimismo, dispone la gratuidad total en la tramitación de los informes expedidos por el Registro de la Propiedad Inmueble y la revisión de los topes de valuación fiscal requeridos para la exención del Impuesto de Sellos.

El proyecto aborda también los trámites ante las compañías prestadoras de servicios públicos. Para dar de alta o adecuar las prestaciones, se considerará suficiente la sola presentación del contrato de alquiler con las firmas certificadas ante el Juzgado de Paz o con la intervención, firma y sello de un colegiado matriculado, trámites que resultarán gratuitos para el locatario. Adicionalmente, se fijó la prohibición para las empresas de aplicar cobros por conexión, reconexión, depósito de garantía o cambio de titularidad en las locaciones comprendidas por esta ley.

Con el propósito de dinamizar la oferta de unidades habitacionales, el texto prevé la creación de un régimen especial de simplificación e incentivo fiscal destinado a los propietarios que vuelquen sus inmuebles a este esquema. Dicho beneficio contempla exenciones de impuestos provinciales e invita expresamente a los municipios bonaerenses a sumarse con reducciones en las tasas y derechos locales.

En ese sentido, Colao remarcó la importancia fundamental de incorporar el concepto de segmentación dentro de las políticas de acceso a la vivienda, entendiendo que la estrategia de dividir por grupos o regiones para asistir de forma selectiva permite construir una mirada sustancialmente más justa sobre la compleja realidad social bonaerense.

Finalmente, la conducción de la entidad martillera dejó en claro que si bien ni los locadores ni los profesionales matriculados son quienes deben suplir las carencias en materia habitacional —al tratarse de un rol indelegable del Estado—, la suma de esfuerzos entre el sector público, los dueños y los profesionales resultará clave para facilitar el ingreso formal al mercado inmobiliario a los sectores de menores recursos.

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