viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº1969

Actualidad PN | 1 jul 2020

Dólar “reparatorio” 

Piden que el presidente del Banco Central brinde explicaciones ante el Congreso 

Desde Juntos por el Cambio se mostraron en contra de los beneficios que otorgó el gobierno bajo las llamadas leyes "reparatorias". 


El diputado nacional de Juntos por el Cambio Alberto Asseff expresó que “la excepción para comprar y girar dólares al exterior concedida a los beneficiarios de leyes "reparatorias" estaría salteando la carta magna del Banco Nación. 

Mediante un proyecto, Asseff apuntó que “la “Comunicación A 7052” del Banco Central de la República Argentina, con fecha 25 de junio de 2020 incorpora como punto 3.12.6. del Texto Ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios” el siguiente artículo: “3.12.6. Transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes”. 

En esa línea, afirmó que “las normas nacionales citadas por la comunicación hacen referencia a: Las personas que durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por decisión de éste, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares, haya o no iniciado juicio por daños y perjuicios, podrán acogerse a los beneficios de la ley, siempre que no hubiesen percibido indemnización alguna en virtud de sentencia judicial, con motivo de los hechos contemplados en la presente”. 

Asimismo, explicó que “las personas que al momento de la promulgación de la presente ley se encuentren en situación de desaparición forzada, tendrán derecho a percibir, por medio de sus causahabientes, un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional aprobado por el decreto 993/91, por el coeficiente 100”. 

En tanto, aseveró que “las personas que hubieren nacido durante la privación de la libertad de su madre, o que, siendo menores, hubiesen permanecido en cualquier circunstancia detenidos en relación a sus padres, siempre que cualquiera de éstos hubiese estado detenido y/o detenido-desaparecido por razones políticas, ya sea a disposición del Poder Ejecutivo nacional y/o tribunales militares y/o áreas militares, con independencia de su situación judicial, podrán acogerse a los beneficios instituidos en la ley”. 

Y agregó: “Ahora bien, las descripciones que anteceden hacen referencia a un sector especifico de la sociedad que, por motivos concretos, el Estado a través de sus facultades, emitió y reglamentó leyes especiales. Esto implica que los derechos y obligaciones de las personas alcanzadas figuran en las mismas y sus decretos reglamentarios”. 

En lo que respecta al “impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria” establecido por la ley conocida como de “solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública”, n° 27541 y su decreto reglamentario, estableció los alcances del gravamen y sus excepciones. Por eso, dice, Asseff, que “resulta llamativo que, a través del BCRA se efectúe una comunicación beneficiando a “unas pocas personas” (conforme palabras de sus autoridades en los medios), por sobre el cuerpo normativo mencionado”. 

Seguidamente, sostuvo el legislador cambiemita que “habiendo una brecha cambiaria significativa y un límite al acceso de dólares, se estaría configurando una suerte de beneficio a personas físicas determinadas, dejando por fuera al resto de la sociedad en una clara violación al principio de la igualdad ante la ley. A su vez, resultaría un exceso de facultades del Banco Central de la República Argentina por cuanto buscan regular a través de una comunicación excepciones impositivas”. 

Por último, Alberto Asseff afirmó: “Cabe destacar que la comunicación, además de acarrear serios conflictos como los mencionados, es de una redacción vaga, ambigua y arbitraria. Deja librado a todo tipo de interpretación sobre la retroactividad o no de la misma, cantidad de personas alcanzadas, y creación de beneficios”. 

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