martes 16 de junio de 2026 - Edición Nº2750

Municipios | 16 jun.

Polemica

Intendente fue a la Corte Suprema porque el HCD le freezó el salario: qué dijo la Justicia


Según pudo conocer Séptima Sección, la Suprema Corte de Justicia bonaerense aceptó tratar el conflicto de poderes planteado por el intendente de General Alvear, Ramón José Capra y suspendió de manera provisoria los efectos de las ordenanzas cuestionadas por el Ejecutivo municipal.

La resolución a la que accedió este medio y que fue dictada el 12 de junio, el máximo tribunal provincial consideró que el caso es de su competencia y otorgó un plazo de cinco días al presidente del Concejo Deliberante para responder la demanda, aunque este aún no fue notificado. Además, ordenó la suspensión de las ordenanzas 2.685/26 y 2.687/26 hasta que exista una sentencia definitiva. 

La controversia se originó cuando el Concejo aprobó una ordenanza que excluyó del aumento salarial del 2,5% correspondiente a mayo a la categoría 4 ingresante, utilizada como base de cálculo para los haberes del intendente, concejales y la planta política. Además, dispuso congelar hasta octubre los salarios de funcionarios no alcanzados por la Ley 14.656 y limitó al 50% las bonificaciones que puede otorgar el Departamento Ejecutivo ya que en algunos casos esas cifras superan ese porcentaje.

El jefe comunal presentó la demanda el pasado 10 de junio en la que solicita la nulidad de las ordenanzas aprobadas por el Concejo Deliberante mediante el mecanismo de insistencia tras el veto del Ejecutivo.

Tras analizar la presentación, la Suprema Corte consideró que el caso encuadra dentro de los conflictos de poderes previstos por el artículo 196 de la Constitución provincial y resolvió dar trámite a la demanda. La decisión implica que las normas impulsadas por la mayoría del Concejo quedan momentáneamente sin aplicación mientras se sustancia el proceso judicial. 

La resolución de la Corte representa un giro significativo en la disputa política local, ya que traslada el conflicto institucional al ámbito judicial y deja abierta una discusión de fondo sobre los límites de las atribuciones del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo en materia presupuestaria, salarial y administrativa.

Más Noticias