Actualidad PN | 15 jul 2022
Gobierno
Kicillof modifica la ley de la carrera hospitalaria y habilita a extranjeros a trabajar en el Estado
El Ejecutivo aduce que el proyecto tiene el propósito de restituir la garantía constitucional de igualdad de oportunidades, sin discriminación injusta por razones de nacionalidad; de trabajar y de acceder por idoneidad al empleo público provincial.
Por: Martina Vivas
En las últimas horas el gobernador Axel Kicillof envió a la Legislatura provincial un proyecto de ley se propicia derogar el inciso b) del artículo 4° de la Ley N° 10.471 y modificatorias, que estipula como requisito para la admisibilidad en la Carrera Profesional Hospitalaria, el de "...ser argentino, nativo por opción o naturalizado". Cabe destacar que la presente iniciativa tiene el propósito de restituir la garantía constitucional de igualdad de oportunidades, sin discriminación injusta por razones de nacionalidad; de trabajar y de acceder por idoneidad al empleo público provincial bajo el régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley N° 10.471 y modificatorias. La mentada derogación se encuentra en consonancia con lo prescripto por el Pacto de San José de Costa Rica”.
En ese marco, señaló el mandatario provincial que “la Provincia no admite distinciones, discriminaciones ni privilegios por razones de sexo, raza, religión, nacionalidad, lengua, ideología, opinión, enfermedades de riesgo, características físicas o cualquier otra condición amparada por las normas constitucionales. Es deber de la Provincia promover el desarrollo integral de las personas garantizando la igualdad de oportunidades y la efectiva participación de todos en la organización política, económica y social".
Asimismo, según recogió PROVINCIA NOTICIAS, el mandatario bonaerense indicó que “además, el artículo 27 del texto fundamental garantiza la libertad de trabajo, industria y comercio, a todo habitante de la Provincia, siempre que no ofenda o perjudique a la moral o a la salubridad pública, ni sea contrario a las leyes del país o a los derechos de terceros. Por su parte, al artículo 103, inciso 12, de la Constitución Provincial establece que "Corresponde al Poder Legislativo: (...) organizar la carrera administrativa con las siguientes bases: acceso por idoneidad; escalafón; estabilidad; uniformidad de sueldos en cada categoría e incompatibilidades".
Para finalizar, el gobierno conducido por Axel Kicillof, sentenció: “A tenor de todo lo expuesto corresponde la derogación planteada a fin de eliminar la discriminación legal citada y compatibilizar la normativa provincial de acuerdo a los Pactos suscriptos y los textos Constitucionales citados”.
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