La Junta Electoral en la provincia de Buenos Aires, comandada por Hilda Kogan resolvió rechazar el pedido de la Libertad Avanza de reimprimir las boletas ya distribuidas en todo el territorio provincial.
Señaló el magistrado que existen “riesgos de frustrar la realización de los comicios” y argumentó que “los tiempos técnicos y logísticos requeridos tornarían inevitable la suspensión o postergación de la elección, circunstancia que no registra antecedentes en la historia electoral argentina, donde nunca se ha debido suspender una elección nacional por falta de boletas o instrumentos electorales. Ello refuerza la necesidad de preservar el calendario vigente y garantizar el derecho al sufragio de la ciudadanía en la fecha establecida”.
En definitiva, sostuvo Kogan, “esta Junta Electoral Nacional concluye que la medida solicitada resulta imposible de ejecutar en los planos material, temporal y jurídico, y que su aceptación comprometería la realización misma de las elecciones, la seguridad jurídica, la igualdad entre las agrupaciones políticas y el ejercicio pleno del derecho al voto”.
Por todo ello, apuntó la titular de la Junta, que “es que los miembros de esta Junta Electoral,
RESOLVIERON:
1. Rechazar la solicitud formulada por la alianza "La Libertad Avanza" tendiente a disponer la reimpresión de la totalidad de las boletas únicas papel (BUP) del distrito Buenos Aires para la elección general del 26 de octubre de 2025, por resultar material, temporal y jurídicamente inviable, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.
2. Declarar que las boletas únicas papel ya impresas y controladas mantendrán plena validez y vigencia como instrumento de votación oficial, debiendo ser utilizadas en el acto electoral del próximo 26 de octubre en todo el territorio del distrito Buenos Aires.
3. Hacer saber al Ministerio del Interior y al Correo Oficial de la República Argentina que deberán continuar con el cronograma de distribución y entrega del material electoral, en las fechas y condiciones originalmente establecidas.
4.Notificar la presente resolución a todas las agrupaciones políticas participantes del proceso electoral, al Ministerio del Interior, a la Dirección Nacional Electoral y al Correo Oficial de la República Argentina.